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    El Poder Popular Municipal y su respectivo Consejo de la Administración, se creó a partir de los establecido en la Constitución de la República del 24 de febrero de 1976, mediante la cual se crean los Órganos Locales del Poder Popular y sus estructuras respectivas, y en correspondencia con la Ley 18 (de los límites territoriales en provincia y municipio).

    De la misma forma el Acuerdo 6176 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros de fecha 13 de noviembre del 2007, en su Artículo 8 dispuso que el Consejo de la Administración es el órgano de la administración local, tiene carácter colegiado, dirige las entidades económicas, de producción y de servicios de su nivel de subordinación y su función primordial: es promover el desarrollo económico y social de su territorio, dirige la actividad administrativa a él subordinada y controla la de las entidades de su territorio, independientemente de su nivel de subordinación, que tiene las atribuciones tal y como las autoriza el Artículo 13 del mencionado cuerpo legal.

    La Constitución de la República de Cuba, proclamada por la Asamblea Nacional del Poder Popular el 10 de abril de 2019, estableció importantes cambios en la estructura y funcionamiento de los Órganos Locales del Poder Popular. Procede a proponer la designación del Intendente, cargo al que conforme al artículo 203 del propio texto constitucional, le corresponde presidir el Consejo de la Administración Municipal y con su designación, se extingue el Vicepresidente para el Órgano de la  Administración Municipal.

    El 25 de enero de 2020 se da cumplimiento al Acuerdo No. 244 - XVII de la Asamblea Municipal del Poder Popular de Primero de Enero, en su sesión celebrada el 27 de abril de 2019, con el que se aprobó por unanimidad, según resultado de la votación, derogar el  Acuerdo No: 179 adoptado en Sesión Ordinaria No. 11, correspondiente al XVII Mandato, donde se había designado al compañero Wilfredo Yera Pérez para el cargo de Vicepresidente para el Órgano de la Administración.

    Y en igual fecha se da cumplimiento al Acuerdo No. 245 - XVII de la Asamblea Municipal del Poder Popular de Primero de Enero con el que se aprobó por unanimidad, según resultado de la votación, la designación para el cargo de

    Intendente al compañero

    Leonardo Pérez Aragón: Coordinador de programas y objetivos para la ConstrucciónWilfredo Yera Pérez

     
    De esta manera el Consejo de la Administración Municipal está integrado por 21 miembros, entre ellos el Intendente para el Órgano de la Administración, una Secretaria para el Órgano de la Administración, tres coordinadores de programas y objetivos, que coordinan los diferentes programas sociales y económicos del territorio que se gestionan desde este nivel de dirección; 16 directores de entidades.
     
     
    Secretaria del CAM
    Yaneisi Jimenez Sotolongo
     
     
     
     
     
    Leonardo Pérez Aragón: Coordinador de programas y objetivos para la Construcción
    Coordinador de programas y objetivos para la Construcción
    Vacante
     
     
     
     
     
     
     
     
    Jorge Enrique Alvarez Quesada: Coordinador de programas y objetivos para la DefensaCoordinador de programas y objetivos para la Defensa
     
     
     
     
     
     
     
     
                                    Coordinadora de programas y objetivos de la economía y la distribución
                                          Yenixey Pedroso Álvarez
     
     
     
     
     
     
    El resto de la membresía del Consejo de la Administración Municipal la componen algunos Directores Municipales, cuyos contactos puede también acceder.
     
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